¿Sabías que? Tus vacaciones laborales caducan si no las tomas a tiempo.
Al cumplir 1 año laborado, es un derecho que tienen todos los trabajadores al disfrute de sus vacaciones pagadas, mismas que en ningún caso podrán ser inferior a doce días laborales. De acuerdo al artículo 81 de la LFT, las vacaciones se te deben conceder desde el día que cumpliste el año de servicios y tienes un periodo de seis meses para tomar tus vacaciones. Pero de acuerdo al artículo 516 de la LFT, tienes un periodo de un año y seis meses para tomar tu periodo anual de vacaciones. De no hacerlo se pierde el derecho a disfrutar de las vacaciones no utilizadas, al menos las del año previo y pierde la oportunidad para reclamar ese derecho. #Accountants #accountantlife #accountantsyoucantrust #accountantslife #accountantsdiary #accountantproblems #accountantmarketing #accountantsandbusinessadvisors #accountantsofinstagram #Accountantsbelike #accountantsrock #accountantsrule #accountantswholift #accountantsmississuaga #accountantswithstyle #accountantsloveacountdown #accountanttiger #accountantsgonewild #accountantscandance #accountantlookingaz #AccountantKaTeh #accountantjobs #accountantinabuja #accountantfinancial #accountantbyday #accountantadventures #satmexico #finanzasmexico
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